Las personas naturales que deben presentar impuesto a la renta para el año 2010 son;

De acuerdo a los artículos 592 y 594-3 del estatuto tributario, los contribuyentes de menores ingresos tendrán que declarar renta:

  • Régimen común
  • Ingresos superiores a $ 34,377,000
  • Patrimonio superior $110,498,000 a 31 Diciembre
  • Compras en tarjetas de crédito superiores a los $68,754,000
  • Total de compras por $68,754,000
  • Total de consignaciones superiores a $110,498,000

Los asalariados según los artículos 593 y 594-3 del estatuto tributario tienen la obligación de presentar la declaración de renta en los siguientes casos:

  • Patrimonio bruto a 31 de diciembre superior a los $110,498,000
  • Pertenecen al régimen común
  • Los ingresos superen los $100,013,000
  • Consumo de tarjetas de créditos igual o superior a $68,754,000
  • Total de compras por $68,754,000
  • Total de consignaciones superiores a $110,498,000

Los trabajadores independientes según el artículo 594-1 y 594-3 del estatuto tributario, están obligados a declarar en los siguientes casos:

  • Patrimonio bruto a 31 de diciembre superior a los $110,498,000
  • Responsable del IVA
  • Ingresos superiores a $81,032,000
  • Consumo de tarjetas de créditos igual o superior a $68,754,000
  • Total de compras por $68,754,000
  • Total de consignaciones superiores a $110,498,000
 

En el caso de las personas jurídicas están obligadas a declarar la renta en los siguientes casos:

 
  • Persona jurídica que tenga la denominación de gran contribuyente.
  • Personas jurídicas que se califica como entidad no contribuyente según  los artículos 23-1 y 23-2 del Estatuto Tributario, como por ejemplo fondos de inversión.
  • Aquellas que tenga un patrimonio superior a los 500.000.000 pesos colombianos


Consultar que es un agente retenedor y cuando aplica.

Es toda empresa que retiene el impuesto por cuenta del gobierno y que posteriormente debe ingresarlos a la DIAN. Son retenedores de renta y de IVA. Las obligaciones de los agentes retenedores son:

Obligación de declarar
Consignar las retenciones
Expedir certificados


Que son auto retenedores.

Son personas jurídicas autorizadas la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, las cuales practica la retención en la fuente, es decir no la retiene como pasa en los agentes retenedores antes vistos, sino que el sujeto pasivo mismo las autorretiene.

La justificación de la figura se basa en la existencia de empresas con una gran cantidad de clientes de retención, de este modo, es muy complicado y supone una gran carga administrativas solicitar certificados de retención a cada una de ellas.

Toda persona jurídica auto retenedores deben cumplir con los siguientes requisitos:
  • Ser persona natural
  • Ingresos superiores a los 6.000 salarios mínimos.
  • Tener más de 50 clientes que le practiquen retención a la sociedad
  • Tener RUT


Los porcentajes y bases de retención para el año de 2011.

Se anexa tabla con las base mínima de retención y porcentajes según sea para persona

TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE AÑO GRAVABLE 2011
PORCENTAJE
RUBRO
CONCEPTO
BASE
MINIMA
PERSONA
JURIDICA
PERSONA
NATURAL
Bienes Inmuebles
679.000
3,5%
3,5%
Arrendamiento
Bienes Muebles
100%
4,0%
4.0%
En General
679.000
3,5%
3.5%
Bienes Raíces
100%
1.0%
1.0%
Compra
Combustible
100%
0,1%
0.1%
Productos o insumos agrícolas o pecuarios
2.312.000
1,5%
1.5%
Vehículos
100%
1.0%
1.0%
Contrato de Construccion
679.000
1.0%
1.0%
Contrato
Mantenimiento o Reparación de Obras Civiles
100%
2.0%
2.0%
Consultoria en Obras Publicas
100%
6.0%
10.0%
Consultoria en Obras Publicas >$82.936.000
100%
6.0%
6.0%
Consultoria y Administracion Delegada
100%
11.0%
10%
Intereses y Corrección Monetaria de CDT en UPAC
100%
7.0%
7.0%
Intereses
En cuentas de ahorros diferentes a UPAC
1400 dia
7.0%
7.0%
En cuentas de Ahorro UPAC (UVR)
400 dia
60.0%
60.0%
Rendimientos Financieros a títulos con descuento
1400 dia
7.0%
7.0%
Retención
Compra de Bienes
679.000
50.0%
50.0%
IVA
Servicios
101.000
50.0%
50.0%
Salarios
Sobre pagos Laborales Gravables
2.388.001
N/A
Art. 383 E.T.
En General
101.000
4.0%
6.0%
En General > $82.936.000 (*)
101.000
4.0%
4.0%
Empresas de servicios temporales
101.000
1.0%
N/A
Servicios
Empresas de vigilancia o aseo
101.000
2.0%
N/A
Restaurante, hotel y hospedaje
101.000
3.5%
3.5%
Servicios Públicos
100%
2.5%
N/A
Nacional Carga (terrestre, aéreo, marítimo)
101.000
1.0%
1.0%
Nacional Pasajeros (terrestre)
679.000
3.5%
3.5%
Transporte
Nacional Pasajeros (aéreo, marítimo)
101.000
1.0%
1.0%
Internacional Carga (terrestre)
101.000
1.0%
1.0%
Internacional Carga (aéreo maritimo)
100%
0.0%
0.0%
Internacional Pasajeros (terrestre)
679.000
3.5%
3.5%
Internacional Pasajeros (aéreo maritimo)
100%
0.0%
0.0%
Dividendos Gravados
100%
20.0%
33.0%
Honorarios y Comisiones
100%
11.0%
10%
Honorarios y Comisiones > $82.936.000 (*)
100%
11.0%
11.0%
Otros
Impuesto de Timbre
150.792.000
0.0%
0.0%
Ingresos
Loterias, rifas, apuestas y similares
1.206.000
20.0%
20.0%
Tributarios
Rendimientos Financieros (Intereses)
100%
7.0%
7.0%
Otros Ingresos Tributarios
679.000
3.5%
3.5%

Se deberá consultar los requisitos para pertenecer al régimen simplificado y régimen común, igualmente cuales son las obligaciones de responsabilidad de cada régimen


Para responder a la última pregunta se elaboro una tabla que cruza la información entre el régimen común y simplificado.

 
Requisitos
Obligaciones de responsabilidad
Régimen Simplificado
Ingresos brutos inferiores a 4.000 UV

Máximo un establecimiento de comercio  

No se desarrollen actividades bajo franquicia

No sean usuarios aduaneros

No celebre contratos de ventas superiores en el año 2010 a 3.300 UVT

El monto de consignaciones no supere los $110.498.000
 
 
Tener RUT  

Llevar el libro de operaciones diarias

Cumplir con los sistemas técnicos de control que procedan.

Presentar la declaración de la renta y complementarios si procede
 
Régimen Común
 
Toda persona jurídica como regla general pertenece al Régimen Común.
 
Toda persona jurídica, por el sólo hecho de ser jurídica debe pertenecer al régimen común.
 
 

Declaración de renta  

Llevar contabilidad

Expedir factura

Están obligados a notificar el cese de actividades.

 

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