ESTADO DE PALESTINA Y ESTUDIO DE LA LEGALIDAD Y RECONOCIMIENTO.



Introducción

El conflicto de Palestina ha mantenido a la comunidad internacional en las últimas décadas en la búsqueda intensiva de una solución diplomática que ha tratado, sin grandes éxitos, de crear un Estado de Palestina independiente y soberano al Estado de Israel que ha mantenido históricamente un control militar y territorial de los territorios que deberían, al menos en teoría, ser respetados de invasión militar.

Hitos fallidos como la Declaración de Independencia del Estado de Palestina, aprobada el 15 de Noviembre de 1988 por el Consejo Nacional de Palestina, han tratado de dar respuesta a las bases y reconocimiento internacional del Estado de Palestina.

En este sentido, el  presente ensayo tiene como objetivo analizar las bases del derecho internacional para crear una Estado de palestina en relación a su legalidad y reconocimiento, para ello se realizará un estudio y revisión teórica, en especial de las siguientes fuentes:

Web grafia sobre las instituciones internacionales

Artículos especializados en derecho internacional

Noticias del conflicto entre Israel y Palestina


Desarrollo del trabajo

Históricamente Israel ha legitimado el apoderamiento a través de la ocupación a lo largo del tiempo y por tanto, su derecho sobre el territorio palestino, es de aclarar que la comunidad internacional rechaza completamente que el uso de la fuerza militar y la ocupación prologada, generen derecho alguno sobre los territorios invadidos. De este modo, solo la ocupación de un territorio puede otorgarse en el caso de res nullius, no siendo Palestina una terrae nullius.

Por tanto, legitimar la ocupación israelí como acción que genere derechos sobre la tierra ocupada es contraria a la normativa internacional actual. No obstante, esto no significa que Palestina deba ser reconocida como una nación, pues de acuerdo al derecho internacional se deben dar una serie de condiciones que a continuación se analizarán, estas son:

Territorio
Población
Gobierno
Reconocimiento de la comunidad internacional

En relación al territorio, este elemento se presenta como fundamental para la existencia del Estado, pues de no existir territorio no existe Estado. En un primer acercamiento, se detecta que actualmente el territorio palestino no está claramente delimitado, no siendo este mencionado en la Declaración de Independencia del Estado Palestino en 1988, no obstante, esta falencia de delimitación precisa del territorio no es un requisito sine qua non para su proclamación como Estado, y más aún cuando Palestina no ha tenido posibilidad de realizar la delimitación territorial por la amenaza hostil de Israel, y se debe recordar, que el uso de amenaza y fuerza contra la independencia de un Estado, según el artículo 2, párrafo 4, Carta de la ONU, invalida la posibilidad de soberanía de Israel hacia los territorios palestinos. Por último en relación al territorio, destacar la afirmación de la Corte Internacional de Justicia en 1969:

“(…) la incertidumbre de las fronteras no puede afectar los derechos territoriales. Ninguna regla dispone por ejemplo que las fronteras terrestres de un Estado deban ser completamente delimitadas y definidas (…)” [1]

En relación a la población, es claro y aceptado por la mayoría de Estados y organizaciones internacionales que Palestina, en este sentido, destacar la Declaración de Independencia de Palestina que afirma lo siguiente:

“(…) adoptada la Resolución 181 de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1947, donde se recomendó la participación de Palestina en dos Estados, uno árabe y otro judío; no cabe duda de que esta recomendación todavía garantiza hoy las condiciones de legitimidad internacional que fundamenta también el derecho del pueblo árabe palestino a la soberanía y la independencia”[2]

En este sentido, la Asamblea Nacional de las Naciones Unidas ha reiterado en varias ocasiones los derechos del pueblo palestino, entre ellos el derecho de retorno, soberanía nacional e independencia. Una prueba irrefutable es la resistencia de los palestinos a la invasión israelí, lo cual determina la existencia de una entidad cultural propia, autoproclamándose como un pueblo.

El gobierno o la autoridad política es el tercer elemento que exige, como requisitos fundamentales, el derecho internacional para crear un Estado, de este modo, se aprecia una entidad política (Consejo Nacional de Palestina) perteneciente a la Organización de Liberación Palestina que representa a la totalidad del pueblo palestino. No obstante, el derecho internacional establece que este gobierno debe tener al menos un control suficiente del territorio y población que supuestamente gobierna. Actualmente el Consejo Nacional de Palestina no tiene control suficiente sobre el territorio palestino debido, a la ocupación y hostigamiento militar que ejerce Israel.

Este punto es crucial, por un lado se podría considerar que Israel controla el Consejo Nacional de Palestina y el territorio palestino, y por tanto, estaríamos ante un caso de ocupación militar, pero es evidente, que Israel no controla el Consejo Nacional de Palestina, si no que ocupa y defiende lo que considera, aunque se ilegitimo con base a la normativa internacional, son sus territorios anexados a Israel.

Por tanto, nos planteamos las siguiente pregunta ¿Existe un verdadero gobierno palestino, o simplemente son grupos insurgentes al control de Israel, que si mantiene un gobierno estable y control?

Esta pregunta puede determinar la legalidad del Estados Palestino, a mi parecer, no existe un gobierno en Palestina propio que tenga un mínimo de control sobre el territorio y población, pero si es evidente, que la población tiene una conciencia de pueblo y que esta proclamaría y legitimaria un gobierno, por tanto, se salvaría el requisito de gobierno que exige la normativa internacional para la proclamación de un Estado.

En relación al reconocimiento, jurídicamente no es necesario stricto sensu, la declaración de los Estados de la comunidad internacional para que una población común con un territorio y gobierno se proclamen como Estado. En este sentido, y en la práctica, es un requisito fundamental, pues si un Estado no reconoce a otro como Estado no lo considerará jurídicamente como tal.

Por tanto, el reconocimiento de los Estados determinará el ingreso del Estado fundado en la comunidad internacional, dándole un carácter formal al hecho.


Conclusiones

A mi parecer es evidente la existencia del Estado de Palestina, buena prueba de ello es el reconocimiento de la mayor parte de la comunidad internacional y de las ONU, evidenciándose la existencia de un territorio (el cual Israel debe mantener militarizado en todo momento), una población con una entidad cultural, objetivos y conciencia colectiva propia y una especie de gobierno, que si bien no tiene un control efectivo del Estado, contaría en caso de independencia con la legitimación del pueblo.

Se observa que la problemática no deriva de la aplicación de las normas internacionales, puesto que estas son claras y legitiman la independencia de Palestina, la problemática es geopolítica y militar. En este sentido, Estados Unidos apoya incondicionalmente a Israel debido a su poderío militar y control en una zona musulmana, con las actuales tensiones entre oriente y occidente, sirviendo de país satélite para mantener un control americano en la zona.

De este modo, es difícil que a medio plazo Palestina se convierta en un Estado independiente, mientras Estados Unidos requiera de un control de la zona.

Esto a mi parecer, pone en entredicho los mecanismos actuales del derecho internacional para hacer cumplir lo estipulado, de este modo, aunque Palestina sea desde el punto de vista del derecho internacional un Estado, no logrará conseguirlo sin la autorización previa de Estados Unidos, y de momento esta autorización es una utopía.



[1] Opinión consultiva, 1924, CPJI, Serie V, número 9, página 18, Año 1969
[2] Declaración de Independencia del Estado de Palestina

No hay comentarios:

Publicar un comentario